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OMELLA Y BARCO. ASPECTOS JURÍDICOS DE LA REDUCCIÓN AL ESTADO LAICAL DE LOS SACERDOTES (V). Por RGM

Actualizado: 18 sept 2023

Por su interés reproduzco la QUINTA parte del artículo aparecido recién en el portal de noticias español "El Correo de Madrid". Lo reproduzco tal cual aparece en ese diario, sin cambios. El resaltado en negrita es mío. Enlazo el artículo original, que puede leerse haciendo clic aquí.

"Que el Papa es un único monarca absoluto que queda en el Mundo, no hay ninguna duda.

Puede hacer y deshacer lo que le venga en gana en su Reino, bien entendido que su Reino es un Estado Soberano, el Estado más pequeño del mundo, geográficamente hablando, apenas 44 hectáreas, es decir menos de medio kilómetro cuadrado, que se dice pronto.

El Papa es elegido por unos Príncipes Electores, llamados Cardenales, que son cooptados por el Papa o los Papas anteriores, quiénes les designan a dedo, “creándoles” Cardenales, y adquiriendo esa categoría de futuros Electores, cuándo se cumplan las previsiones sucesorias.

Franco decía que él solo respondía ante Dios y ante la Historia, y tenía razón. Lo que no sabía es que la Historia la iban a reescribir supuestos “historiales” marxistas, que están tergiversando la verdadera historia del franquismo, y mucho me temo que lo mismo está sucediendo con la Iglesia Católica, Apostólica y Romana.

¿Pueden los Príncipes electores revocar el nombramiento de un Papa, si consideran que se aparta gravemente de la doctrina tradicional de la Iglesia Católica, de ayer, de hoy y de siempre, a lo largo de más de dos mil años de Historia…? Yo pienso que sí. Cuestión distinta es que en la práctica resulte prácticamente imposible, tanto por la pérdida del derecho al voto de los Príncipes electores de más de 80 años, como por la “creación” de un gran número de nuevos Cardenales, designados por el Pontífice actual, previsiblemente para asegurarse el apoyo del Sacro Colegio Cardenalicio a todas sus extravagancias, alejamiento y violación de la sana Doctrina de nuestra Fe.

Me confieso católico. Católico y pecador, como todos los mortales, y la verdad es que la actual situación de la Iglesia, camino de su destrucción, en claro paralelismo con la historia de España, me tiene profundamente desosegado, inquieto, preocupado…, y deprimido.

Reinando Benedicto XVI, comenzaron a aflorar cientos de casos de pederastia agresiones sexuales, fundamentalmente a menores, en el seno dela Iglesia, debidamente “amplificados” por las tele basuras y medios de comunicación progres de todo el mundo, es decir anticatólicos, lo que obligó a promulgar unas normas muy rígidas y excepcionales, que permitían la reducción al estado laical de los obispos, sacerdotes, monjes y clérigos implicados en esos execrables hechos, y cuya culpabilidad resultase meridianamente clara.

Se pretendía evitar así el gran daño que esa penosa situación estaba haciendo a la credibilidad de la Iglesia como institución, y, de paso, dar un mensaje ejemplar a los clérigos sobre lo que podía sucederles de actuar de esa forma…

Pero era una normativa excepcional, no la ordinaria de reducción al estado laico, que siempre se ha hecho a través de un proceso canónico, y con todas las garantías jurídicas, no por un simple expediente administrativo en el que el que manda, digámoslo claramente, tiene la sartén y el mango.

Lamentablemente, y a pesar de que la Iglesia ha sido la primera organización basada en el Derecho, y el Código de Derecho Canónico es un auténtico ejemplo de legislación reguladora de la totalidad de los aspectos de la vida del presbiterio y de los católicos, lo cierto es que los dos Pontífices reinantes, o quienes les han mal aconsejado, han impuesto este procedimiento excepcional, repito, en lugar del ordinario, para poder separar de la Iglesia a personas consagradas, bien como Obispos, que de todo ha habido en la Viña del Señor, como a cientos –o miles- de sacerdotes y frailes, con un simple “te abro un expediente administrativo, en el que prácticamente no puedes defenderte, y el mismo instructor del expediente, actuando como juez y parte, puede reducirte al estado laical… (Para más información, y una explicación amplia y coherente, vid. “La Iglesia en Estado de Excepción”, (I) aquí, y (II) aquí, de don Custodio Ballester Bielsa, Presbítero, inicialmente publicado en la Web “Germinans Germinabit, en dos entregas).”

La Iglesia ha actuado como si fuera una empresa multinacional, que despide a sus “trabajadores” sin derecho a indemnización alguna, en un auténtico “despido libre”, y dejando en la indigencia a personas que la han servido fielmente durante toda su vida laboral, con mayor o menor acierto, pero siempre en condiciones económicas próximas a la pobreza, pues no en vano es uno de las tres votos del consagrado: pobreza, obediencia y castidad.

Y así nos encontramos, como en plena Edad Media –parece que no hemos progresado mucho-, que los grandes prebostes de la Iglesia viven en Palacios, viajan en vehículos de alta gama, y no se privan de nada, mientras que al clero bajo se le trata, literalmente, a patadas.

Una total y absoluta contradicción en los términos, al menos en mi modesta opinión.

En definitiva, hago míos los argumentos de un ilustre abogado, con más formación, información y experiencia que el que suscribe, y ya sabemos que en el Derecho, como en la milicia, la antigüedad es un grado. Decía don Francisco José de la Cigoña en su Blog “La Cigüeña de la Torre”:

Miguel Ángel Barco es un sacerdote español despojado del ejercicio sacerdotal, al parecer por haber sido padre de una niña. Y parece que es seguro que no es padre de tal niña…
No se le ha acusado de nada más por lo que si se le condena por haber sido padre de una niña que no es su hija la condena es absolutamente injusta. Algo así como si se hubiera condenado a alguien por matar a otro y ese muerto está vivo y se ha demostrado que lo está. Es un principio universal del derecho que nadie puede ser condenado sin conocer las acusaciones que se le imputan porque en esa situación es imposible defenderse.
¿Cuál ha sido la actuación del ahora Cardenal Arzobispo de Barcelona Juan José Omella en este caso? ¿Ocultó al Vaticano el documento que le entregó el reverendo Miguel Ángel Barco y que le exculpaba de una paternidad que no existía? ¿Para perjudicar a un Barco inocente de lo que se le imputaba y por lo que se le apartó del sacerdocio?
Si Miguel Ángel Barco no es padre de una niña y serlo fue el motivo por el que se le apartó del sacerdocio parece de elemental justicia reponerle en el ministerio…
Si hay otros hechos punibles deben manifestarse al acusado y caso de acreditarse la culpabilidad aplíquese la pena que corresponda con la gravedad que merezca.
Si Omella ha actuado correctamente, declárese con todos los pronunciamientos favorables. Y si con una conducta dolosa causó un daño grave a un inocente pues que se le aplique la pena establecida para ese caso”.

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