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ABUSOS PORTUGAL: CULTURA NUEVA, JAQUE A SECRETO CONFESIÓN, DCHOS HH. FORMACIÓN. #8.2. (I)



“Hay malvados que serían menos peligrosos si no tuviesen ninguna bondad.”
FRANÇOIS DE LA ROCHEFOUCAULD

PUBLICADO POR PRIMERA VEZ EL 3 DE MARZO DE 2023 A LAS 23:30 HORAS, USO DE LISBOA

Ofrecemos en esta Entrada un nuevo capítulo del Relatório Final (Informe Final) de la "Comissão Independente para o Estudo dos Abusos Sexuais de Crianças na Igreja Católica Portuguesa" [Comisión independiente para el estudio de los Abusos Sexuales de niños y niñas en la Iglesia Católica Portuguesa]. La traducción ha sido realizada por lingüistas del equipo de Jacques Pintor, y nuestra segunda aportación es la sección 8.2. que describe las recomendaciones a la iglesia Católica portuguesa. Al final de la Entrada, podrás seguir los demás capítulos escogidos, además de a través de la etiqueta ABUSOS EN PORTUGAL.

Buena lectura.

MT

Copyright @2023 JACQUES PINTOR Cualquier cita de este artículo debe hacer referencia directa a esta entrada, a este Blog y al autor Jacques Pintor. Para aportar información escribir a jacquespintor@gmail.com Twitter @jacquesplease.

EN ESTA ENTRADA:
8.2.Recomendaciones específicas a la Iglesia católica portuguesa
8.2.1 Una cultura diferente
8.2.2 El lugar de la víctima
8.2.3 Reparación a la víctima 
8.2.4 Del ocultamiento al desocultamiento
8.2.5 Archivos históricos de la Iglesia

8.2. Recomendaciones específicas a la Iglesia católica portuguesa

8.2.1 Una cultura diferente

1. La primera recomendación, como requisito previo para el éxito de todas las demás, apunta a la necesidad del reconocimiento inequívoco por parte de la Iglesia Católica portuguesa de la existencia de abusos sexuales a menores, cometidos por un número significativo de sus miembros, de los cuales el presente estudio revela sólo una muy pequeña parte.

2. En la misma línea, se sugiere construir una cultura que privilegie, dentro de la Iglesia y en todos los niveles de la jerarquía, un conocimiento profundo y el respeto de los derechos humanos en general y de los derechos del niño en particular, como derechos de las personas.

3. Como expresión de la misma cultura y como compromiso con su práctica, el lanzamiento de una publicación anual sobre el lugar del niño en la Iglesia Católica en Portugal, abordando la cuestión de los derechos, su referencia a los derechos humanos en derechos en general e informando sobre los principios a adoptar por la Iglesia en la construcción de una verdadera "Iglesia ciudadana".

4. También en la misma línea, es importante asumir la conciencia de la respuesta "clericalista" que ha prevalecido hasta ahora, caracterizada por la negación, la escisión proyección y ocultamiento jerárquico de la existencia del tema y su impacto. Así, y frente al derecho canónico, la actitud institucional a adoptar será la de asumir el problema, señalarlo y actuar rápidamente.

5. Es necesario valorar, en términos prácticos, el lema "tolerancia cero" ante abusos sexuales a menores por parte de miembros de la Iglesia, sugerido por el Papa Francisco a ámbitos de presencia e influencia católica. Los abusos suceden y sucederán, pero se pueden evitarse en gran medida desde una conciencia consciente del problema y de su riesgo para todos: los que abusan, los que son abusados, la institución eclesial en su conjunto, el su impacto es siempre traumático y duradero en diversos ámbitos de la vida individual y relaciones de quienes los sufren.

Por ello, corresponde a la Iglesia asumir:

a) La existencia de acciones presuntamente criminales por parte de los mismos agresores, también las repetidas en el tiempo, y muchos de ellos no sólo vivos y localizables en la actualidad, sino constituyéndose en agentes que pueden perpetuar estos actos;

b) La conciencia de que cada caso siempre tendrá que ser tratado como importante o, al menos, capaz de suscitar una "duda" que busque hacer efectiva la "presunción de continuidad del riesgo para la víctima y/u otros", como demuestra la práctica de la intervención psicológica;

c) La señalización actual y futura de los abusadores, a fin de evitar la continuación del abuso sexual por parte de éstos y, dado el carácter público de los delitos sexuales contra menores, incluir el deber moral de denunciar la Iglesia a las autoridades competentes y no limitarse sólo a lo que está inscrito en el ámbito del derecho canónico, promoviendo canales de articulación con el propio Ministerio Público;

d) La identificación de la existencia de espacios físicos que, debido a su estructura cerrada, poco permeable al exterior, jerarquizados en base a desigualdades de poder, estatus y rol, facilitan la existencia endémica de abusos sexuales a menores por parte de miembros de la Iglesia, especialmente en determinadas décadas y contextos, sobre todo en determinados seminarios, instituciones para el cuidado de niños y niñas en peligro, y confesionarios, cuya existencia debería ser revisada e incluso suprimirse en el caso de los confesionarios cerrados. Urge, pues la transformación profunda del funcionamiento institucional de algunas estructuras religiosas señaladas en este estudio como de alto riesgo y que implican prácticas basadas en modelos física y psicológicamente "cerrados", sobredimensionados en la relación número de niños/número de adultos, sin valorar los espacios de intimidad y privacidad;

e) La percepción de la evolución temporal de los lugares preferidos de maltrato, ahora también denunciados a los llamados espacios "fuera de la Iglesia", como en actividades con grupos, grupos scouts y centros educativos, entre otros, y la de la continuidad de la posibilidad evolutiva de los mismos.

6. De ahí, finalmente, la necesidad de una reflexión conjunta y profunda de la Iglesia Católica sobre los abusos sexuales a menores y la parte que se revela en presente informe, para que, de forma transversal y en un verdadero movimiento desde dentro, en articulación franca y abierta con sus creyentes e incluso con el conjunto de la sociedad, pueda surgir una actitud más cohesionada y proactiva en estos casos en el futuro y/o en la respuesta a cada uno de ellos.


8.2.2 El lugar de la víctima

1. La centralidad de la víctima y la protección de su autodeterminación sexual es necesaria, no sólo como forma de prevenir delitos y abusos, en muchos casos irreparables, sino también como un deber absoluto de la propia Iglesia, además, dada la desequilibrada relación de poder entre sus miembros y los niños que la frecuentan.

2. Para garantizar la centralidad de la figura de la víctima, se recomienda no sólo el estudio de los derechos del niño por parte de toda la jerarquía de la Iglesia, a partir del texto de la Convención de las Naciones Unidas, sino también su difusión en todas las estructuras, especialmente las que se ocupan de los niños y los jóvenes. Este estudio debería comenzar en las primeras etapas de la formación sacerdotal o consagrada.

3. En la línea del número anterior, es importante tener presente y concretar el reconocimiento del niño como ser autónomo y completo, aunque diferente del adulto, portador de dignidad humana y verdadero sujeto de derecho y de derechos, entre los cuales está el derecho a su protección, derecho que la Iglesia tiene el deber especial de respetar y garantizar.

4. Una cuestión fundamental que hay que considerar, al volver a centrar la atención en el niño, es la del valor que la Iglesia debe conceder a los efectos del abuso sexual de menores en ella, lo cual apunta a la necesidad de introducir una inflexión en el punto de vista de la definición del valor o bien violado por el abuso. Si, como ya hemos visto, la Iglesia ha recorrido u trecho en esta dirección, lo cierto es que la persona de la víctima y los efectos sufridos por ella tienden a aparecer devaluados cuando se los confronta frente al desvalor resultante de la ofensa tanto al Sexto Mandamiento del Decálogo como al buen nombre de la propia Iglesia. Al final, la Iglesia aparece como la principal víctima de los abusos sexuales, cuyos efectos, además, afectan también a la persona concreta de la víctima. Ahora bien, ésta es una visión que tiende a empañar cualquier propuesta de cambio al llevar al extremo la consideración de la Iglesia como la principal víctima de los delitos en cuestión.

Por ello se recomienda que, inequívocamente, en el marco del Derecho Canónico el menor sea llevado a la condición de víctima principal del delito de abuso sexual cometido por miembros de la Iglesia Católica, considerando expresamente los efectos nefastos de este sobre el sano desarrollo del menor, en varios de sus aspectos. Para ello, además de la consagración de este punto de vista, es fundamental,

a) Repensar la conexión de los abusos sexuales a menores por parte de miembros de la Iglesia Católica con el Sexto Mandamiento del Decálogo;

b) Revisar la imposición del secreto de confesión en materia de delitos sexuales contra niños por miembros de la Iglesia Católica;

c) Consagrar, en las normas propias del Derecho Canónico, todos los tipos de delitos previstos por el Derecho Penal del Estado, a fin de no generar interferencias en la interpretación de la relación que debe establecerse entre el Derecho Penal y el Derecho Canónico;

d) Repensar todo el tema de la sexualidad, como un asunto a tratar en varios niveles dentro de la Iglesia y vinculándolo a los principios y estrategias propios de la doctrina social de la Iglesia, lo cual, una vez más, sólo será posible cuando los abusos en cuestión dejen de estar relacionados con el Sexto Mandamiento del Decálogo.


8.2.3 Reparación a la víctima

Deben repararse los daños materiales, morales y psicológicos sufridos por las víctimas que se han atrevido a "dar voz al silencio" y que ahora lo necesitan, así como otras que puedan denunciar haber sufrido en el mismo marco. A tal fin, cabe destacar la importancia de:

a) potenciar la expectativa general de las víctimas de oír una "petición de perdón" o "disculpa" digna y común por parte del respectivo abusador o, como en la inmensa mayoría de los casos esto no tendrá lugar, de la propia Iglesia católica portuguesa en su conjunto, reconociendo así la dignidad moral de la víctima; y

b) Materializar físicamente esa petición de perdón, en algo que simbólicamente perdure en el tiempo como espacio de recuerdo de las víctimas, católicas o no católicas (o, simplemente, ya no creyentes), de los abusos practicados sobre ellas y del firme compromiso de un esfuerzo efectivo para su no repetición;

c) Promover acciones de formación (conferencias, coloquios, debates) por parte de miembros de la Iglesia, de forma regular y con niños creyentes practicantes, así como con sus familias, sobre el tema presente y la posibilidad para todos de referirse sin "miedo, vergüenza o culpa" a hechos denunciables como formas de abuso sexual, "atreviéndose a hablar", en un modelo que exige una mentalidad nueva y diferente, en un modelo mayor y abierto de relación y comunicación entre los miembros de la Iglesia y sus seguidores;

d) Crear o mantener una línea telefónica, abierta los siete días de la semana y disponible, gestionada por un equipo multidisciplinar (la Comisión mencionada anteriormente) que garantice el anonimato de todos aquellos que deseen contactar, dar continuidad a la remisión de casos y estructurar el apoyo necesario para todos aquellos que lo deseen ahora o en el futuro;

e) Constatar que, tal como están organizadas actualmente, las Comisiones Diocesanas no son adecuadas para estos objetivos o finalidades, aunque pueden ser importantes como medios activos en proyectos de prevención primaria, por lo que es importante reformular el modelo y/o su enfoque primario;

f) Reconocer la responsabilidad civil y social de la Iglesia en los casos denunciados por la Comisión, independientemente de cualquier responsabilidad civil o penal previa.


8.2.4 Del ocultamiento al desocultamiento

1. Una cultura de reconocimiento inequívoco de la existencia de abusos sexuales a menores en el seno de la Iglesia católica portuguesa, sólo puede tener como contrapartida una actitud y una práctica que rechacen la ocultación o el encubrimiento de los hechos que los encarnan, hoy aún más justificadas dado el carácter público de los delitos cometidos y que todo recomienda como indispensables para un verdadero plan de cambio.

2. Del mismo modo, no podemos sino recomendar un rechazo definitivo ya que, de persistir, transformaría en adelante los "problemas" detectados "en el seno" de la Iglesia en problemas estructurales, al fin y al cabo "de" la Iglesia y vividos por ella como tales.


8.2.5 Archivos históricos de la Iglesia

Los archivos históricos y actuales de la Iglesia católica portuguesa reflejan una compleja realidad administrativa, heterogénea y en constante evolución. La importancia de los archivos eclesiásticos va más allá del ámbito estricto de la Iglesia católica y de la historia religiosa. Estos archivos deberían constituir colecciones útiles para el estudio de la sociedad portuguesa en su conjunto.

El acceso efectivo a los archivos eclesiásticos, a distintos niveles y ritmos nos permitió evaluar su estado de organización. Mientras que algunos estaban ejemplarmente organizados, en otros reinaba la desorganización. Esta desorganización impidió al acceso a toda la documentación. Un mejor tratamiento del fondo documental habría aumentado considerablemente la eficacia en el análisis cuantitativo y cualitativo de los datos aquí presentados.

En este sentido, se recomienda que los archivos eclesiásticos estén debidamente organizados no sólo físicamente, sino también digitalmente. Se entiende que este tratamiento debe ser articulado por la Iglesia Católica portuguesa en su conjunto y no llevado a cabo por cada diócesis o congregación de forma aislada, ya que ello resultaría en sistemas de organización distintos y a una multiplicidad de medios para la recuperación de la información. Una misma organización intelectual, unos criterios normalizados de descripción de documentos y una única herramienta digital de recuperación de la información no sólo facilitan la comunicación entre archivos, sino que también mejoran el conocimiento histórico y suponen un enorme ahorro de recursos.

La problemática de los archivos eclesiásticos debe plantearse de forma integral de modo que permita una investigación eficaz de la documentación sin necesidad de permisos excepcionales.

Continuación y final de este punto 8.2. en posterior Entrada.

PARA SABER MÁS, PUEDES LEER AQUÍ LA PRIMERA ENTRADA DE ESTA SERIE:
- DEL INFORME PORTUGUÉS DE ABUSOS SEXUALES EN IGLESIA CATÓLICA. #2.1.5. PERFIL DEL ABUSADOR 
 

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